Por todas las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio por desafecto e incompatibilidad de caracteres presentada y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos RUWER MANUEL CROSBY BONALDE Y KRISTIN SORELIS QUIARO DEVERA Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-20.882.304 y V-25.085.179 respectivamente, en fecha Veintitrés (23) de Abril de Dos Mil Quince (2.015) por ante la Oficina Registro Civil del Municipio Piar del Estado Bolívar tal y como se evidencia en el Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº.48 Folio Nº 48, de los libros de Registro Civil Nº 1 del año 2015, acompañada a la presente causa. La .....