Se ordena la apertura a juicio, por los hechos calificados por este Tribunal, como: Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el articulo 407 en relación con el articulo 408 Ordinal 1° del Código Penal, para el momento en que ocurrieron los hechos ocurridos en fecha 28 de Diciembre de 2001, aproximadamente a las diez horas de la noche, en la Calle Alta Vista, del Barrio La lucha de ésta ciudad. Conforme al artículo 331 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, se convoca a las partes para que el plazo común d cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio.