DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Unipersonal del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se condena, al ciudadano JUAN ALBERTO PALMA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.565.308, residenciado en la Calle Cuba, número 09, La Sabanita, Ciudad Bolívar, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano: MARÍA TERESA BRITO MARCANO.
SEGUNDO: Por cuanto el Ciudadano JUAN ALBERTO PALMA CAMACHO, no se encuen.....