Es por todo ello que, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, visto que en la Causa Principal generativa del presente Cuaderno de Medidas, se ha dado por terminado, a consecuencia que se homologó acuerdo transaccional celebrado entre las partes, en esta misma fecha, y que consecuencialmente con ello, se declaró terminado el proceso, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LEVANTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS decretadas por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha quince (15) de Diciembre del dos mil ocho (2008), comprendidas en: Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los dos (02) inmuebles que a continuación se detallan:
Un Local Comercial ubicado en el Centro Comercial Diana, piso 2, Nº 5, .....