Por las razones, anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: QUE ES INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer y decidir la ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CONCUBINATO presentada por el Ciudadano LUIS BELTRAN CARMONA MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.952.209 de este domicilio en contra de la ciudadana ANNY COROMOTO CEDEÑO SALABARRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 14.402.262 de este domicilio.
SEGUNDO: De oficio se solicita ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de niños, y adolescentes del segundo circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar la regulación de la competencia conforme a.....