DECLINA la presente acción de: COBRO DE BOLIVARES, incoada por el ciudadano: DANIEL ENRIQUE OLLARVES MARTINEZ, mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 7.589.875, con domicilio y residencia en la Calle 13, entre Avenidas 8 y 9, No. 13-20, del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, contra la firmar Mercantil REDSOL C.A., Red de Servicios y Operaciones Logísticas, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 31 de Marzo del año 2004, bajo el No. 72, Tomo 251-A, con domicilio en la primera Calle Segresta, Centro Comercial CARABOBO, Edificio Inllasa II, Piso 2, Oficina 2-6, Puerto Cabello, Estado Carabobo; representada por los ciudadanos: GILBERTO JOSE SPERANDIO MACHADO y JULIO CESAR MUJICA MARTINEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 4.168.883 y 8.514.377, con domicilio y residencia en Valencia, Estado Carabobo, en la Urbanización la Viña, Avenida Principal,.....