En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la niña de autos, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, presentada por la ciudadana DAHIANA JOSEFINA BRICEÑO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.484.155, domiciliada en la calle 27, entre avenidas 7 y 8, casa Nº 7-26, municipio Independencia del estado Yaracuy, en representación de su hijo "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra del ciudadano JOSE RAFAEL ZAMORA SERVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.482.972, domiciliado en la Avenida Cedeño al lado del comercio "Casa Mayor", en el municipio I.....