En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de Autorización de viaje y retorno a su lugar de residencia en el Exterior, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE y retorno a su lugar de residencia , para que la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
venezolana titular de la cedula de identidad Nº 33.672.957 con Pasaporte Venezolano Nº 131849716 y pasaporte portugués Nº CC525146 viaje SOLA con destino a la ciudad de FUNCHAL – PORTUGAL Con el siguiente itinerario: con fecha de salida el día 05-09-2024 desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar y llegada a su lugar de destino el día 06 -09-2024.....