Mediante Resolucion Nº:PJ0252022000138 este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, presentado por la ciudadana DINAIR MARINA MAGIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y con cedula de identidad Nº V-8.897.852, debidamente asistida por la abogada en libre ejercicio INGRID GARCIA, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 225.385 y de este domicilio.