El día de hoy martes tres (03) de noviembre de 2009, se pulica el texto integro del fallo que decreta el sobreseimiento de la presentae causa a favor del ciudadano Jeisón Antonio Medina, titular de la C.I. Nº V-16.394.459, por haber transcurrido el tiempo establecido en el articulo 108 ordinal 5to del Código Penal Venezolano, sin que se le hiciera su juicio oral y público, ni se le haya presentado su acto conclusivo, ni operado un acto capaz de provocar la interrupción de la prescripción. Se ordena oficiar al CICPC, Sub Delegación Ciudada Guayana , a los fines de que saque sus datos filiatorios del SIIPOL. De igual manera se ordena la notificación de las partes, su publicacuión y registro.