la sancionada, antes identificada, ha cumplido las reglas de conducta que le fueran impuestas como sanción, sometiéndose además a la supervisión, asistencia y orientación de los Integrantes del Equipo Técnico adscrito a esta misma Sección, en los siguientes lapsos de tiempo: a) desde el día 07/08/06 al 07/11/06 (fecha de interrupción); b) desde el día 06/02/07 al 07/03/07 (fecha de interrupción), y c) desde el día 04/10/07 al 04/12/07 (fecha de interrupción); en los cuales recibió orientación social, familiar y psicológica tal como se desprende de los informes de seguimiento remitidos a este Ejecutor anexos a los oficios Nos. ETSA/005-07 y ETSA/440-08 de fechas 19/01/07 y 18/11/08, respectivamente, dando cumplimiento a las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por espacio de SEIS (6) MESES Y UN (1) DÍA, y por tanto le resta cumplir CINCO (5) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS de la sanción de Reglas de Conducta, y UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS de la medida .....