PRIMERO. SIN LUGAR la apelación del demandante en los siguientes puntos:
1. Sí hubo pacto de eficacia atípica para calcular el bono vacacional, como lo demuestra el medio instrumental de prueba que hace el folio 98 del expediente, pero ese salario no aplica con respecto al cálculo de otros conceptos laborales diferentes al bono vacacional.
2. En que no debió descontarse el depósito de la antigüedad en fideicomiso, entendiendo quien sentencia que la demandada, al finalizar la relación de trabajo, calculó la antigüedad final del trabajador, pero como se utilizaba la modalidad de depositar el monto mensual en fideicomiso bancario, al depositar mensualmente el monto de la antigüedad en el banco donde se constituyó el fideicomiso, se liberaba del pago de dicho concepto y de los intereses que las cantidades depositadas generaron. Siendo así, no podía cancelar nuevamente la antigüedad acumulada, razón por la que fue procedente, para evitar un pago de lo no debido y un consecuente enriquecim.....