El día de hoy, viernes cuatro (04) de marzo de 2011, se publica texto integro del auto que acuerda en contra del acusado Miguel Manuel Abreu Taly, medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación para el mismo de presentarse cada Treinta (30) días por ante la Comisaría Policial Nº 3, de Upata de la Policía del Estado Bolívar. Ordenándose en consecuencia librar el correspondiente oficio con copia certificada de este auto al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Ciudad Guayana a los fines que sea dejada sin efecto la orden de aprehensión signada con el Nº 1J-VCM-181-11, de fecha nueve (09) de febrero de 2011, librada por este Juzgado.