DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas, los Jueces Superior Provisoria, miembros de la Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy y competentes para conocer esta Incidencia de Inhibición, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de declara: PRIMERO: Con Lugar la inhibición planteada por Dr. Wladimir Di Zacomo Capriles, Juez Sexto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, de la causa seguida al ciudadano Gilberto Rafael Quiroz Villanueva, titular de la cédula de identidad Nº V-12.728.378, en el asunto signado con el Nº UP01-P-2004-000362, por la presunta comisión del delito de Acto Carnal, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 379 del Código Penal, concatenado con las agravantes del artículo 77 numerales 9 y 12 eiusdem, y artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de LD.....