En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la apelación ejercida por el abogado OSWALDO JOSE PONCE PEREZ, supra identificado, actuando en su propio, mediante diligencia inserta al folio 65 y su vuelto, de fecha 20/10/10, en contra del auto dictado en fecha 18/10/10, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, inserto del folio 54 al 57; por lo que, en consecuencia se ordena al juez que resulte competente, pronunciarse sobre la admisión de la demanda de Simulación de Venta, incoada por el prenombrado abogado, en su condición de (Sic...) "acreedor" en contra de los ciudadanos EMILIA BUSTINZA DE .....