Por todas las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación del acta de defunción presentada por la ciudadana IRENE CEDEÑO BRACHO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro.91.914, actuando en su carácter de Co-apoderada de las Ciudadanas ADELA GUTIERREZ Y MARLENE GUTIERREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de identidad Nros. V- 4.777.608 y V- 8.924.162, respectivamente. En consecuencia, se ordena la Rectificación del ACTA DE DEFUNCION de la ciudadana RAMONA DEL VALLE TORRES GUTIERREZ, quien era nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 1.624.870, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Defun.....