Se declara PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido ejercido por los Abog. William García y José Gregorio Beira, Defensores Privados del ciudadano Querellado Luís Bethermy; en consecuencia, SEGUNDO: se ANULA, conforme a los arts. 49, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 190 y ss. del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión emitida el día 06-06-2011 por el Tribunal 4° de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, publicada in extenso el día 13-07-2011, y mediante la cual se declara penalmente responsable al ciudadano querellado Luis Bethermy, de la comisión del delito de Difamación Agravada, previsto y sancionado en el artículo 442 (primer aparte) del Código Penal Venezolano Vigente, ejecutado en contra de la ciudadana Kheila Thais Veliz Farias; condenándosele en consecuencia, al cumplimiento de la pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) DIAS Y 16 HORAS DE PRISIÓN; .....