DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte Única de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ÚNICO: SIN LUGAR el amparo incoado por el Profesional del Derecho YILDER SÁNCHEZ, en su condición de abogado de confianza del ciudadano JOSE INÉS BELLO, en consecuencia la medida cautelar innominada dictada por esta Alzada, que suspendía provisionalmente los efectos de la Decisión accionada, cobra vigencia, sin embargo como quiera que el Juicio fue interrumpido según auto de esta fecha agregado al folio ciento trece (113) pieza 3 de la causa principal y siendo que la naturaleza de este tipo de medidas es la temporalidad y accesoriedad, esta Alzada considera que, interrumpido el Juicio, arrastra la vigencia de la medida, no obstante, no existe impedimento legal para que el Ministerio Público, dentro de sus facultades pueda requerir n.....