En consecuencia y por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas este Tribunal declara La inadmisibilidad de la presente acción.-
Se ordena la devolución de los originales constantes en autos previa certificación que de los mismos se haga.-
LA JUEZA SUPLENTE
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ABG. ALEJANDRA K. BLANCO F.
LA SECRETARIA
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ABG. KARLENIA RENGIFO MONRROY
EXPEDIENTE Nº 467-18