Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de los ciudadanos KAMAL ANTONIO NASER y YONGYUAN WU, anteriormente identificados, parte demandada en la presente causa, en diligencia cursante al folio 173, con ocasión al juicio que por REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE, incoaran los ciudadanos ROGER RENÉ ZAMORA CASTELLANOS e IVÁN ANTONIO ESPEJO RIVAS, contra los ciudadanos KAMAL ANTONIO NASER y YONGYUAN WU, identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda confirmada la decisión dictada en fecha 23 de enero de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil.....