Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ELISEO LEON TORREALBA y YONEIDA ELENA ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.645.369 y 13.313.661, respectivamente, domiciliados el primero en el sector Las Tejitas con calle 01, casa Nº 30, cocorote, municipio Cocorote estado Yaracuy y la segunda en el sector Recta de Apolunio, avenida 2, sector A, municipio Independencia estado Yaracuy, asistidos por la Abogada en ejercicio ANILDA VILLEGAS, INPREABOGADO Nº 126.367.