Ahora  bien  del  Escrito  de  Desistimiento  presentado se  desprende  que  quien  desiste del  procedimiento  intentado contra  las  codemandadas,  antes citada   es  la Apoderada Judicial de los accionante,  con amplios poderes  para disponer  del  objeto  del  procedimiento;   en  el momento en  que la   presente  causa   se  encuentra  en fase  de  sustanciación para  la  Apertura de  la  Audiencia  Preliminar,  fase  laboral  que  se  equipara   en  el  proceso   civil al  de  la  Contestación  de  la  Demanda;   razones  mas  que suficientes  para  quien  decide;  establecer que lo solicitado no es contrario a derecho,  ni  vulnera  normas  de  estricto  orden  público y  en  vista  del  cumplimiento de  los extremos legales  exigidos  en  los  articulo  263, 264, 265  y  266  del CPC,  aplicable  al  presente  asunto por  remisión  analógica  del  articulo 11  de  nuestra Ley  Adjetiva  Laboral,  resulta  obligante que este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, .....