Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de cujus Germán Gerardo Goatache Ramírez, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.360.686, falleció Ab-Intestato, el día 13 de Julio de 2.019, en la Urbanización los Olivos, Carrera Aragón, Casa Nº 8, de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, a consecuencia de Encefalopatía Urémica, Insuficiencia Renal Nefropatía Diabética, a los ciudadanos María Soledad Gómez Rojas en su condición de cónyuge y Glenn.....