Homologa el acuerdo suscrito por las partes en sus propios términos, en consecuencia SE ACUERDA LA HOMOLOGACIÓN DEL EJERCICIO UNILATERAL DELA PATRIA POTESTAD y CUSTODIA en sus propios términos a favor del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido en fecha 02-12-2015 correspondiendo en lo adelante ejercer en solitario el Ejercicio Unilateral de la Patria Potestad del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido en fecha 02-12-2015 a la progenitora ciudadana JULICAR ANAIS RODRIGUEZ MUÑOZ venezolana, mayor edad de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 21.301.102 sin perturbar, la titularidad de la patria potestad del otro progenitor, pudiendo la madre realizar normal y expeditamente cualquier trámite, documentación o actuaciones en la vida cotidiana de su hijo que precise realizar a su favor, sin que se entienda vulneración de garantías constitu.....