Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas; este Juzgado Accidental de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara:
PRIMERO: Con Lugar, la demanda de Desalojo del Inmueble constituido por Un Local Comercial por Falta de Pago, por ser procedente, intentada por el Ciudadano: Virgilio José Lezama, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.438.782, contra la Microempresa Cita’s Restaurant A.C., la cual se encuentra debidamente inscrita por ante el Registro Subalterno del municipio Piar del estado Bolívar, en fecha 02 de Mayo del año 2028, anotado bajo el N° 27, Tomo 4, Folios 132 al 135 del Protocolo Primero, del Segundo Trimestre del año 2008; debidamente representada por la Ciudadana: Salma Laba de Sarkis, venezolana, mayor.....