Este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CON LUGAR, la pretensión de DESALOJO incoado por CARMEN TRINA APONTE viuda DE CONTRERAS contra HORACIO RIGOBERTO GARCIA BRAVO, ambas partes plenamente identificadas en autos, y consecuencialmente, se resuelve y deja sin efecto el contrato de arrendamiento que vinculan a las partes, sobre el bien inmueble objeto de la presente acción y condena a la parte demandada perdidosa a favor de la demandante