MEDIACION POSITIVA.Hoy, cinco (05) de febrero de 2009, a las once de la mañana (11:00 a.m.), tuvo lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa FP11-L-2008-001553, y este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en vista que la mediación ha sido positiva y por cuanto el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera derechos irrenunciables del trabajador : Ciudadano IVAN JOSE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.937.872, y de este domicilio, ni normas de orden público, Homologa los acuerdos alcanzados por las partes en el presente juicio, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dàndose por concluido el proceso.