Se dicto auto de fundamentación de Libertad sin restricción, acordada a favor del ciudadano GAVIN WELL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.