PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la ciudadana MELISSA MADRID, en su condición de representante legal de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2007, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciaron, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que incoaran los ciudadanos MIGUEL GUAYARACUTO, RADAMED BRITO, PEDRO LLOVERA y PETHER YANEZ, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, en contra de la empresa ORIENTAL DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA, C.A.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA, la referida sentencia por las razones que fueron expuestas en esta publicación integra del fallo.