este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO PROCEDE la consulta de la Sentencia definitiva dictada en fecha 16 de junio de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, que declaró, con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la empresa EURODISTRIBUCIÓN C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 2014-00134 de fecha 26/05/2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar. SEGUNDO: vista la declaratoria que antecede, queda FIRME la decisión sometida a consulta, al no poder ejercerse sobre ella recurso alguno, dado que ninguna de las partes hicieron uso de los medios recursivos que la ley prevé, dentro de los lapsos correspondientes. Así se decide.