esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. DIANA APONTE RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 17 de Enero de 2009, por el JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, en fecha 17 de Enero de 2009, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado, Decreto la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida el numeral 1º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano WILLIAN JOSE GIMENEZ, por la presunta comisión del delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal Venezolano.