Primero: INCOMPETENTE POR LA CUANTIA, para conocer el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto con la resolución Nº 2023-0001 de fecha 24/05/2023, emanada del Tribunal Supremo de justicia, en su artículo 1, sección B, que los Juzgados de Primera Instancia, categoría B en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía exceda de tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el banco central de Venezuela.
Segundo: En virtud que el Tribunal Primero de municipio ordinario y ejecutor de medidas del segundo circuito de la circunscripción judicial del estado bolívar se declaró INCOMPETENTE EN RAZON DE CUANTIA y este Tribunal Tercero de primera instancia en lo civil, mercantil, tránsito y marítimo del segundo circuito de la circunscripción judicial del estado bolívar en este mismo fallo se declara INCOMPETENTE EN RAZON DE CUANTIA, creando un CONFLICTO NEGATIVO EN RAZON DE CUANTIA, en las conside.....