Se NIEGA, la solicitud de revisión de las Medidas de Protección y de Seguridad dictadas por el Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, con motivo de la denuncia interpuesta en fecha 24 de enero de 2011, por la ciudadana YESENIA DEL VALLE GONZALEZ SOTO, ello en virtud de no existir violación a derechos y garantías constitucionales, tal como lo requiere el articulo 99 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a las partes y ordénese la devolución de las actuaciones originales a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público a los fines que culmine con la investigación y presente el correspondiente acto conclusivo.