En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: La "PERENCION DE LA INSTANCIA" en el presente caso, y por ende la "EXTINCION DEL PROCESO",en el juicio por cobro de indemnización por accidente laboral, daño moral y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, seguido por el ciudadano JAVIER JOSÉ GONZÁLEZ LEÓN, la empresa CONSTRUCTORA ESTANCONCRET, C.A.