Mediante sentencia dictada en el día de hoy, este Juzgado se declaró competente y admitió la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano ULISES GUILLERMO ATENCIO, contra la presunta negativa de la sociedad mercantil PROYECTOS Y CARRETERAS DE ORIENTE, C.A. (PROCDORCA) de acatar la Providencia Administrativa Nº 2009-0113, dictada en fecha 17 de abril de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el accionante.