este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de apelación intentado el ciudadano JOSE ELIAS PINTO OJEDA, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº 4.134.580, actuando en representación de los ciudadanos MARTHA LIGIA LARGO de LEAL, JOSE ANDRES y LIGIA ANTONIETA LEAL LARGO, partes demandantes; contra la sentencia de fecha 3 de agosto de 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la jueza Anilec Silva Camacaro, que decretó la perención de la instancia en el procedimiento de tacha de falsedad de documento. Queda confirmado el fallo apelado. Remítase el expediente al Tribunal de origen en su oportunidad.