Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos FELIX ALFREDO MONTES PINTO Y ADRIANA CAROLINA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.516.828 Y 17.991.565 respectivamente, residenciados en la Av. 8, entre calles 4 y 5, casa Signada con el Nro 4-73, Sector Campo Claro, Municipio Nirgua estado Yaracuy y en la Av. 9, entre calles 5 y 6, casa S/N, sector la Impresión del Municipio Nirgua estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada Milagros Pérez, INPREABOGADO N° 86.202. En consecuencia, con respecto al adolescente y niño de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres, la custodia de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE P.....