Se dicto sentencia Nº PJ0832010000508, declarando CON LUGAR la demanda por Fijación de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana: Bélgica Sornoza, en representación de su hijo, en contra del ciudadano: Marco García Cordova. En consecuencia, fija el monto de la obligación de manutención que ha de pagar el demandado, antes identificado, en la suma de: Cuatrocientos bolívares (Bs.400, 00) . Se fija una cuota adicional igual a la cuota establecida como monto fijo de la obligación para los meses de Septiembre y Diciembre, para garantizar los pagos propios de la época escolar y decembrina. También se fija una cuota igual al monto fijo y al mismo porcentaje señalado por concepto de retención de cuota parte del Bono Vacacional que devengue el demandado, el cual se deberá hacer efectivo por el patrono y retenerlo por nómina, cada vez que se le cause al trabajador.