DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Su incompetencia por la cuantía para continuar conociendo del presente juicio, que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, intentó la sociedad de comercio "CONSORCIO EL BOSQUE", de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil del la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 27 de junio de 2008, bajo el N° 36, Tomo 2-C.; representada judicialmente por los abogados RAFAEL PUERTAS MOGOLLÓN y RAFAEL PÉREZ PADILLA, inscritos en el Inpreabogado según matrículas números 49.393 y 30.873 respectivamente; en contra del ciudadano
HORACIO ARIAS ARCILA, titular de la cédula de identidad Nº 14.919.379; representado judicialmente por el abogado .....