este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra el acta de juicio levantada en fecha 03 de Abril de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2011-000230. SEGUNDO: SE REVOCA el acta recurrida y en consecuencia SE REPONE la causa al estado que la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo del presente expediente, fije la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral de Juicio desde su inicio. Asimismo se deja establecido que las partes se encuentran a derecho. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características .....