Por los razonamientos expuestos, este Juzgador Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, y en consecuencia decreta la extinción del proceso, en el presente juicio de resolución de contrato de venta con reserva de dominio interpuesto por DOMINGO RAMON DI MARCO HENRIQUE contra JIMMY ROBINSON PERDOMO SMIL. Así se decide.