El 06 de Febrero de 2008, siendo las 9:30 a.m, día y hora para la Celebración de la audiencia preliminar, solamente compareció la demandada y no compareció la parte actora ni por si ni por apoderado judicial alguno: en vista de lo acontecido, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-