En fecha 06/02/2012, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 49, 87, 89, 91, 92, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 29, 30, 31, 32 y 33, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional incoada por los ciudadano JOSE REYES Y EDGARDO PINTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nº 20.505.492 y 20.887.630, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES TOPY TOP C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la agraviante la Sociedad Mercantil INVERSIONES TOPY TOP C.A., que dé cumplimiento a la providencia administrativa objeto de la pretensión de amparo en esta causa, .....