VII) PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ALEXIS FARIAS GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 14.516.726 contra la empresa OIV TOCOMA, Rif Nº J-29378546-4, suficientemente identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de la cantidad de NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO BOIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 9.198,45), monto discriminado en el extenso de esta Sentencia, por concepto de Diferencia de Garantías de Prestaciones Sociales de conformidad con el artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras; más los Intereses moratorios Generados, de conformidad con el artículo 142 de la Ley Orgánica del .....