definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, con relación al delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 Segundo párrafo, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano GREGORIO DEL VALLE PARRA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.838.429. Ofíciese a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines que el imputado de autos sea excluido del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) con relación a esta causa.