D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, basada en el 185-A, del Código Civil Venezolano vigente, interpuesta por los ciudadanos: MENDOZA DIAZ JOSE SEBASTIAN y QUIROZ CHAVEZ JUANA BAUTISTA, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.917.936 Y 7.582.762, respectivamente, domiciliados en Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, asistidos por el abogado en ejercicio: Paula Xiomara Quiroz, Inpreabogado Nro. 74.396. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: Veintiséis (26) de Septiembre del año 1997, por ante el Juzgado del Mun.....