Se declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la abogada YANIRA MERCEDES MARTINEZ MENDOZA, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.