Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana abogada MIRNA MAGALLANES, plenamente identificado en autos, en su condición de apoderado judicial de la parte de demandada, contra la decisión dictada en fecha 22 de Septiembre de 2008 por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.