ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al penado DARWIN ALFONSO ESCALONA , suficientemente identificados en auto, de conformidad al Articulo 500 del Código Orgánico Procesal penal imponiéndole de la necesidad en que está de someterse a las condiciones que estipula el Centro de Tratamiento Comunitario Dra. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ, ubicado en la Quinta Nancy, carrera 14 entre 40 y 41, cerca del Colegio Inmaculada Concepción, Barquisimeto Edo. Lara. Teléfono 0251-4456786, por lo que el penado deberá una vez establecido, laborar según oferta de trabajo presentada en la Cooperativa "FABRILARA" , ubicado en la Avenida Pedro León Torres con calles 49 y 50 C.C Venrol, local B-27, Tlf. 0414-5039152, 04145180676, Barquisimeto Estado Lara, en labres como Soldador 8:00 am a 12:00 pm y de 1:30 pm a 5:30 pm, de Lunes a Viernes, debiendo informar a la brevedad a este tribunal y .....