VI
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, "Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano GUSTAVO CARO PORRAS, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 50.862; en su condición de parte demandada recurrente en contra de la sentencia de fecha 11 de febrero de 2015, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia.
TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demandan interpuesta por los ciudadanos ANTONIO JOSE EIZAGUIRRE MEJIAS, ONELIO RAFAEL GARCIA ALCANTARA y RUBEN ZAPATA FORI, venezolanos, .....